En este artículo, detallamos cómo obtener la homologación de títulos extranjeros o convalidación de estudios extranjeros no universitarios en España, que documentos son necesarios para tramitar la solicitud y como llevar a cabo el procedimiento.
1. ¿Para qué sirve homologar o convalidar un título extranjero ?
La homologación es la validación oficial en España de un título académico obtenido en otro país.
Por ejemplo, si ha cursado el nivel equivalente a Bachiller en Estados Unidos y quiere venir a estudiar a una universidad española deberá homologar el título para poder acceder a cursar los estudios.
La diferencia con la convalidación es que en este caso la formación es parcial y aún no ha obtenido el título académico pero quiere continuar los estudios en el sistema educativo español.
Por ejemplo, si ha cursado los cursos equivalentes y comprendidos en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y quiere continuar Bachiller en España.
2. ¿Qué titulos o estudios extranjeros pueden homologarse en España?
Los títulos o estudios en los que puedes solicitar la homologación son los siguientes:
- Educación Secundaria Obligatoria
- Bachillerato
- Formación Profesional
- Enseñanzas artísticas profesionales
- Enseñanzas artísticas superiores
- Enseñanzas deportivas
Dentro de cada uno de ellos se encuentran sus especialidades, dependiendo de lo que quiera homologar o convalidar será necesario que presente los documentos correspondientes.
3. ¿Qué requisitos deben cumplir los estudios para que puedan homologarse?
Los requisitos necesarios para poder homologar en España los estudios realizados en el extranjero son los siguientes:
- Los estudios deben ser oficiales en el país de origen
- Los estudios deben estar superados en el país de origen
- Todos los cursos anteriores deben estar superados
- Debe haber equivalencia con los estudios españoles tanto a nivel académico, con el contenido y con la duración
4. ¿Qué documentos son necesarios?
Ahora vamos a detallar la documentación necesaria para poder presentar la solicitud de homologación.
- Fotocopia compulsada del documento acreditativo de identidad
- En su caso, escrito original del interesado autorizando a representante para que actúe en su nombre, junto con el documento acreditativo de la identidad del representante
- Fotocopia compulsada del título o diploma original que acredite la superación completa de los estudios
- Fotocopia compulsada del certificado oficial original que acredite los cursos superados, las asignaturas estudiadas, las calificaciones y los años académicos en que se realizaron
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- Homologación a graduado en ESO: son necesarios los 4 últimos cursos
- Homologación a título de Bachiller: los 3 últimos cursos
- Para la convalidación por primero de Bachiller: los 3 últimos cursos
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- Solicitud cumplimentada: https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:452f8721-6b6d-4d81-869a-3896f5e8d547/solicitud-homologacion.pdf
- En el caso de que quiera el volante de inscripción condicional también deberá cumplimentar la solicitud correspondiente: https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:991afd0e-37ed-409b-9de8-d4fdb49fa3a7/volante-v3.pdf
- Justificante del pago de la tasa excepto para la homologación al título de Graduado de la ESO que será gratuito (Tasa Modelo 790-107).
La fotocopia compulsada la realizará normalmente el registro que reciba los documentos, esto quiere decir que será necesario llevar los documentos originales para que la administración correspondiente certifique que la copia se corresponde con el original, así pues la copia tendrá validez legal.
5. ¿Cómo legalizar los documentos y en qué casos es necesario?
Hay que tener en cuenta que al ser estudios realizados en el extranjero los documentos deben ser oficiales y además estar legalizados y traducidos. La legalización debe realizarse para que el documento extranjero tenga validez en España, comprobando con ello la autenticidad de la firma del documento que se quiere homologar. Sin embargo, no todos los países extranjeros tienen que llevar a cabo la legalización de los documentos, a continuación veremos cuando se debe hacer.
- Los documentos que provengan de los estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza no es necesaria la legalización.
Si provienen de otro país extranjero si que se deberán legalizar la documentación:
- En el caso de los países que hayan suscrito el Convenio de la Haya será necesaria la apostilla que certifica la autenticidad de la firma.
- En el resto de países que no hayan suscrito el Convenio de la Haya deberán legalizar la documentación por vía diplomática.
6. ¿Cómo pueden traducirse los documentos?
Los documentos que no estén en castellano deberán acompañarse con su traducción oficial al castellano. La traducción debe ser oficial que puede hacerse mediante:
- Un traductor jurado autorizado e inscrito en España
- La representación diplomática o consular de España en el extranjero
- La representación diplomática o consular en España del país del solicitante o del documento
- un traductor oficial en el extranjero siempre que se legalice la firma del traductor oficial
7. ¿Dónde puede presentarse la solicitud?
Una vez realizados todos los trámites anteriormente detallados se deberá presentar la solicitud.
- La solicitud se presentará en las Áreas Funcionales de Alta Inspección de Educación de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
En el caso de Valencia será necesario solicitar cita previa seleccionando la ciudad y el trámite que quiere realizar, el enlace es el siguiente enlace https://ssweb.seap.minhap.es/icpplus/citar?org=OIACR
- No es necesario que que vaya personalmente puede designar a un representante para ello deberá redactar un escrito original autorizando al representante para que actúe en su nombre junto con el documento acreditativo de la identidad del representante. Vivre à Valencia puede hacer este trámite por usted.
- También puede presentarse en la Consejería de Educación de la Embajada de España
8. Volante de inscripción condicional para la inscripción condicional en centros docentes o para realizar exámenes oficiales
La obtención de la homologación puede tardar entre 6 y 12 meses por ello si quiere inscribirse o realizar un exámen en España es recomendable solicitar en el momento de la presentación de la solicitud de homologación el volante de inscripción condicional, para ello se debe cumplimentar el “volante de inscripción provisional” y presentarlo en la oficina de registro el mismo día que presenta la solicitud. Una vez sellado el volante deberá presentarse en el centro educativo.
El volante justifica que la homologación o convalidación ha sido presentada y surte los mismos efectos que tendría si la homologación fuera concedida con carácter condicional.
En el caso de que la homologación o convalidación no se concedan, la inscripción condicional quedará sin efectos como también los resultados de los exámenes realizados.
Si aún tiene dudas sobre como homologar o convalidar su título extranjero no universitario en España puede contactar con nosotros a través de [email protected] y le ayudaremos con todo lo necesario.